Se dictó y publicó sentencia interlocutoria mediante la cual se declinó la competencia por la materia en la presente causa de conformidad con lo establecido en el articulo 25 ordinal 2º de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativo en el juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO interpuesta por el Abogado ANGEL RAFAEL LEZAMA, actuando en carácter Sindico Procurador Municipal del Municipio Autónomo Independencia del Estado Anzoátegui, en contra de la Empresa MAQUINARIAS LLL2021 C.A, representada en esa oportunidad y acto por el ciudadano LUIS NICOLAS DIAZ.-