En fuerza de las consideraciones anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, del Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la Regulación de Competencia propuesta por la abogada FRANCISCA LATOUCHE a tenor de lo dispuesto en el artículo 71 del Código de Procedimiento Civil, concluyendo quien aquí sentencia que estuvo ajustado a derecho la decisión de fecha 12 de Abril de 2012, que riela a los folios 23 y 24, dictada por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Bancario y de Tránsito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En consecuencia es COMPETENTE POR LA MATERIA para conocer de la Incidencia de Recusación, planteada contra la abogada ROEMYRA NAVARRO VALERA, Jueza Ejecutora de Medidas del Municipio Caroní del Se.....