Se dictò SENTENCIA INTERLOCUTORIA, Autorizando suficientemente la Ciudadana NILZA GREGORIA HERNANDEZ GOMEZ, para que previa las formalidades legales, en nombre de sus hijos (Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes), cobre la cuota parte dejadas por el difunto JOSMAR RAMON BETANCOURT.