este Tribunal Superior segundo (2º) del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión Territorial Puerto Ordaz, escuchadas las exposiciones de las Partes en la presente Causa, visto igualmente que la representación Judicial de la parte accionante tiene facultades expresas para convenir, tal y como se evidencia al folio tres (03) y cuatro (04) de la Primera pieza del Expediente; así como las facultades para transigir expresas de la Apoderada Judicial de la Parte Demandada (autorización para transigir) y la cual consignó conjuntamente con el escrito de transacción, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL ACUERDO CELEBRADO ANTE ESTE DESPACHO ENTRE LAS PARTES, otorgándole efectos de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el Artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, Artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y Artículo 10 y 11 de su Reglamento.....