DISPOSITIVA
En base a las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Segundo en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, emite el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: ACORDAR CON LUGAR, la solicitud de la Defensa Pública, en consecuencia, DECRETA EL ARCHIVO JUDICIAL DE LAS ACTUACIONES DE LA PRESENTE CAUSA SEGUIDA AL CIUDADANO ERNESTO JOSÉ ROJAS CONDE, quien es venezolano, nacido en fecha 15/01/1980, de 25 años de edad, estado civil soltero, profesión u oficio latonero, titular de la cédula de identidad N°. V-14.710.597, residenciado en: Barrio Ezequiel Zamora, calle Juan José Caldera, entre avenidas 19 y 20, casa s/n, Chivacoa, Estado Yaracuy, por la presunta comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, LESIONES PERSONALES y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previstos y sancionados en los artículos 460 en concordancia .....