En fecha 20/10/2009, se dicta senetcnia mediante la cual este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: LA DECADENCIA DEL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado YAMIL RIVERO, en su condición de apoderado judicial de la parte demandada recurrente, en contra de la decisión de fecha 24 de noviembre de 1994 dictado por el Extinto Juzgado de Primera Instancia del Transito de la Circunscripción Judicial de Estado Bolívar, sede Puerto Ordaz. ASI SE DECIDE.
SEGUNDO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, se CONFIRMA la referida decisión, por las razones antes expresadas.
TERCERO: Se ordena la remisión del presente expediente al Tribunal de origen. Líbrese oficio de remisión.
De conformidad con lo establecido en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil.....