IV
DISPOSITIVA
En mérito de todas las anteriores consideraciones, este Tribunal PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: SIN LUGAR la cuestión previa contenida en el ordinal 1º del articulo 346 del Código de Procedimiento Civil, concerniente a La Listi-pendencia, opuestas por parte demandada en el presente juicio, plenamente identificado en la primera parte de este fallo.-