Por todo lo antes expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y DEL TRANSITO DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA INHABILITACIÓN de la ciudadana: MAGDA JOSEFINA VELÁSQUEZ VIELMA, plenamente identificada en los autos, declarándola INHÁBIL para estar en juicio, celebrar transacciones, dar ni tomar a préstamo, percibir sus créditos, dar liberaciones, enajenar o gravar sus bienes, o para ejecutar cualquiera otro acto que exceda de la simple administración, sin la asistencia de su curador; designándose a tal efecto en este acto al ciudadana: VINAIN ANTONIETA YÁNEZ VIELMA, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, Civilmente hábil, con cédula de Identidad Nº V-8.896.671, y de este domicilio, con residencia en la urbanización vista hermosa, vereda 6, casa Nº 3, de ciudad Bolívar, estado Bolívar, po.....