Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de CONVERSIÓN EN DIVORCIO DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS de los ciudadanos ANTONIO RAMON SIERRA RAMOS Y KERVIE BERENICE MUJICA DE SIERRA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 2.573.242 y 16.594.553 respectivamente, domiciliados en el primero Urb Prados del Nrote, calle 9, Nro 39 Municipio Independencia estado Yaracuy y la segunda en el Conjunto Residencial Los Mangos Dos, Manzana "o", Nro 3, Municipio Independencia estado Yaracuy, asistidos por el Abg. Luís Francisco Lucambio, inscrito en el I.P.S.A. bajo el Nº 20.634 y de conformidad con lo previsto en el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EL DIVORCIO en los términos y condiciones acordados en el escrito de solicitud que riela a los folios 2 y 3, y la solicitud de conversión que cursa al folio 31 del presente expediente, en consecuencia, que.....