este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ELIO FRANCISCO CAMERO TERAN y MIRIAN JOSEFINA PINTO TOVAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 7.576.430 y 7.576.026, respectivamente, debidamente asistidos por el Abg. MIGUEL ANGEL RODRIGUEZ, INPREABOGADO Nº 48.847, por el matrimonio civil contraído, por ante la Alcaldía Civil de la Parroquia Campo Elías municipio Bruzual del estado Yaracuy, hoy Coordinación de Registro Civil de la Parroquia Campo Elías municipio Bruzual del estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la respectiva copia debidamente certificada del Acta de Matrimonio No. 4 del año 1.984; en cuanto a su hija (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgáni.....