DECISIÓN
En virtud de lo antes expuesto, este Juzgador en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA LA EJECUCIÓN FORZOSA de la sentencia de Obligación de Manutención, en beneficio a favor de la niña (IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), dictada por el tribunal en fecha 2 de mayo de 2011, por cuanto no fue demostrado el cumplimiento de la misma por parte del ciudadano WILFREDO PINEDA ALVARADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.107.887. En consecuencia, siendo que el demandado adeuda la suma de DOS MIL NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS BOLIVARES (BS. 2.942,00), se Decreta Medida de Embargo Ejecutivo, en contra del ciudadano WILFREDO PINEDA ALVARADO, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 15.107.887, quien labora en la empresa AVICOLA LA GUASIMA, C. A., núcleo Don Michelle, ubicada en el Caserió Panchito, Nir.....