Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar con sede Puerto Ordaz, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por COBRO DE DE PRESTACIONES SOCIALES, incoara la ciudadana VERONICA PORRAS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 15.372.386, en contra de la Sociedad Mercantil LABORATORIO CLINICO UNARE II, C.A.; en consecuencia, se condena a ésta a pagar a la demandante la suma OCHENTA Y UN MIL QUINIENTOS SESENTA Y NUEVE BOLIVARES CON 03/100 CENTIMOS (Bs. 81.569,03), por los conceptos laborales ampliamente señalados en la parte motiva de la sentencia.