Tribunal Décimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar da por concluida la Audiencia Preliminar y ordena la remisión del presente expediente a los Jueces de Juicio, todo de conformidad con lo previsto en el artículo 134 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, advirtiendo a la parte demandada que deberá dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la presente fecha, dar contestación a la demanda según lo establecido en el articulo 135 ejusdem, asimismo, se ordena la incorporación inmediata al expediente, de los escritos de promoción de pruebas promovidas por las partes en el inicio de esta audiencia y sus respectivos anexos, a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio. Cúmplase.-