En fecha 22-05-2008, se dicta sentencia mediante la cual el Tribunal Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandante recurrente, en contra de la sentencia dictada en fecha 11 de Octubre de 2007, por el Juzgado Segundo (2º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en consecuencia se anula la referida decisión por las razones antes expuestas.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la acción por COBRO DE DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS DERIVADOS DE LA RELACION LABORAL interpuesta por el Ciudadano CELIO ANTONIO CARRION contra la Empresa CORPORACION VENEZOLANA DE GUAYANA (ambas partes supra ident.....