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Decisiones del dia 22/10/2025

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : 19299 N° Sentencia : 339 Fecha: 22/10/2025
Procedimiento:
Retracto Legal
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL CONSTRUCCIONES CORMUR, C.A. VS DE LOS SUCESORES DEL FALLECIDO FRANCISCO MURADAS BUGALLO, CIUDADANOS MARÍA ESTHER LÓPEZ DE MURADAS, MANUEL MURADAS LÓPEZ, MARÍA ENCARNACIÓN MURADAS LÓPEZ, FRANCISCO MURADAS LÓPEZ Y RAMIRO MURADAS LÓPEZ
Resumen:
Ahora bien, Definitivamente firme como se encuentra la decisión de fecha 30/09/2015, este Tribunal, acuerda REVOCAR la medida de prohibición de enajenar y gravar, decretada en fecha 06/06/2012, dejándose sin efecto y valor alguno la consecuencia de la misma, la cual recayó sobre el siguiente bien: Un (01) Apartamento distinguido con el Nro. 8-B, ubicado en el sector Alta Vista Sur, Edificio "MIMU", calle Aro con carrera Tocoma, Puerto Ordaz, Municipio Caroní del Estado Bolívar, siendo sus linderos particulares los siguientes: NORTE: con el apartamento identificado con el numero y letra 8-A, ara de circulación y el vano de la escalera, SUR: con la fachada respectiva (Sur) del Edificio (calle Aro); ESTE: con la fachada respectiva (Este) del Edificio (Carrera Tocoma); y OESTE: con la fachada respectiva (Oeste) del Edificio; inscrito como propiedad del co-demandado, ciudadano RAMIRO MURADAS LÓPEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.949.533; según c.....
Juez/Ponente:
Wander Jose Blanco Montilla
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
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N° Expediente : 21755 N° Sentencia : 340 Fecha: 22/10/2025
Procedimiento:
Reivindicación De Bien Inmueble
Partes:
LUIS EDUARDO PAREDES VS JUAN JOSÉ PALACIO
Resumen:
Ahora bien, observa este sentenciador que la promovente al exponer los particulares sobre los cuales se ha de dejar constancia en la inspección, requirió que este despacho identifique hechos pasados transitorios, en relación al cuarto punto expuesto por la parte en su escrito, al solicitar que el juzgado determinase si hay mejoras y si las mismas suponen un valor agregado actual del inmueble en contraste con su estado original, el cual por ser un hecho pasado, su comparación no puede ser comprobada por este Juzgado, en el entendido de que mal puede señalarse en el acta mejoras que puedan o no añadir valor al inmueble sin que sea verificable el estado anterior del mismo, por cuanto este Sentenciador estaría realizando una apreciación que incurra en adelanto de opinión y consecuentemente indefensión a las partes, en razón de todo lo anteriormente expuesto, y de conformidad con el artículo 1.428 del Código Civil y, en consecuencia, este Tribunal LA NIEGA, de conformidad con el artículo 43.....
Juez/Ponente:
Wander Jose Blanco Montilla
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Civil, Mercantil sede en Puerto Ordaz
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