Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: "CON LUGAR" la inhibición formulada por el ABG. RENÉ ARTURO LÓPEZ RAMO, en su condición de Juez Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial de Puerto Ordaz, para conocer de la causa signada FC13-X-2008-000045, contentivo del juicio por los ciudadanos RICHARD QUINTERO, MAXIMILIANO MARCANO, LUIS ESPEJO, RAMON SAGARAY, PEDRO CASTILLO, RUDDYS ZAMBRANO, OSWALDO BERMUDEZ, ORLANDO URRIETA y HERMOGENES ROMERO, contra las Empresas CORPORACIÓN DEL ORINOCO C.A. (CORINOCO), SINDICATO RINCON; CORPORACION RINCON S.A., CLOVER INTERNATIONAL y SIDERURGICA DEL ORINOCO (SIDOR).