DISPOSITIVO
Por las razones expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley y en atención al pedimento contenido en la referida transacción y de conformidad con el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, da por consumado el acto y procede, en consecuencia, se HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO DE TRANSACCION realizada entre los ciudadanos LIDIS PROVIDENCIA ROJAS FREITES, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.-3.023.287, con domicilio en la Calle, Nº 7, casa Nº 40, sector Santa Fe, Parroquia Vista Hermosa en Ciudad Bolívar, Municipio Angostura del Orinoco actuando en su propio nombre y en representación de sus hijos BEATRIZ MERCEDES FERNANDEZ ROJAS,JOSE HUMBERTO RAFAEL FERNANDEZ ROJAS, ROSAURA JOSEFINA FERNANDEZ ROJAS Y HUMBERTO JOSE FERNANDEZ .....