es por lo que de conformidad con lo previsto en el Artículo 481 del Código Orgánico procesal penal, se EXHORTA al ciudadano Juez de Ejecución del Circuito Judicial Penal de Trujillo, a quien le corresponda por distribución la vigilancia y supervisión de la condena que le fuere impuesta, quien fue condenado a cumplir la pena de (6) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal.
En consecuencia en aras de garantizarla la viabilidad del cumplimiento del presente exhortó, se anexa a la consideración del Juez de Ejecución de Trujillo que por distribución le corresponda conocer de este exhorto los siguientes documentos:
1.- Copia Certificada de la Sentencia Condenatoria.
2.- Copia Certificada del Auto de Ejecución de Sentencia.
Por las razones antes expuestas se LIBRA el presente EXHORTO, dirigido al Juez de Ejecución de Trujillo, en cargado de la vigilancia Penitenciaria. Todo de conformidad con lo previs.....