DECISION
Por las consideraciones que anteceden, esta Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar-Ciudad Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley: DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación que interpusiera el profesional del derecho CARLOS MIGUEL MORILLO, actuando en su carácter de defensor del ciudadano WILMER YOJAN RIVERO; en fecha 21 de Mayo de 2014, mediante la cual el Juez A Quo Decreto el auto apertura a juicio y la cual declaró sin lugar la solicitud de nulidad del Acta de Imputación solicitado por la defensa del imputado de autos ut supra mencionado; y en consecuencia, se CONFIRMA la decisión recurrida. SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión recurrida.
Regístrese y publíquese
Dada, firmada y sellada en la Sala de la Corte de Apelaciones, a los veintitrés (23) días del mes de Septiembre 2014.