En cuanto a la OBLIGACIÒN DE MANUTENCIÒN, el cual es el siguiente: "El padre aportará la cantidad MIL DOSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 1.200,00) MENSUALES, los cuales serán depositados los primeros cinco días del mes, en una cuenta de ahorro que se ordena su apertura a nombre de la niña de autos. En el mes de SEPTIEMBRE el padre aportar la cantidad de DOS MIL BOLIVARES (Bs. 2.000,00), para gastos de útiles y uniformes escolares, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorro antes de quince (15) de septiembre de cada año. Igualmente se deja constancia que la niña recibirá en beneficio de útiles escolares que le otorga la empresa CORPOSERVICA, donde presta sus servicios el padre. En relación al mes de DICIEMBRE el padre aportara la cantidad de TRES MIL BOLIVARES (Bs. 3.000,00), para gastos de estrenos, los cuales serán depositados en la cuenta de ahorro antes del veinte (20) de diciembre de cada año. En cuanto a los gastos de consultas médicas, medicinas, ropa y calzado cada seis.....