Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuelay por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentada y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial que habían contraído los ciudadanos ADRIMAR GABRIELA ABREU RODRIGUEZ y AMIRCAR ANTONIO CASTILLEJO PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, casados, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-24.038.867 y V-16.499.140, en fecha 18 de Octubre de 2019, por ante el Registro Civil Municipal del Municipio Angostura del Orinoco del estado Bolívar, tal y como se evidencia de la copia certificada del Acta de Matrimonio inserta bajo el Tomo I, Folios: 141 y 142, del Libro 5, de Matrimonios del año 2019, acompañada a la presente causa. La mujer no podrá usar en lo adelante el apelli.....