este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, ADELFINA SANCHEZ OLIVERO, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad número V-7.552.337, sobre unas bienhechurías construidas sobre un área de terreno Municipal, ubicado en la avenida 06, entre calles 20 y 21, casa numero 20-16, en San Felipe, del Municipio San Felipe del Estado Yaracuy