En virtud de tal omisión, este tribunal a fin de resguardar los derechos de la parte demandada, y conforme a lo previsto en el articulo 206 del código de procedimiento civil, avenido por permisividad del articulo 11 de la ley adjetiva laboral, decide por contrario imperium dejar sin efecto la medida cautelar ordenada. Así se decide.