En consecuencia, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, sede Ciudad Bolívar, administrando justicia en el nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley; PRIMERO: Se declara la PERENCION DE LA INSTANCIA Y EXTINGUIDO EL PROCESO en el procedimiento de cobro de prestaciones sociales incoado por los ciudadanos: MANUEL VILLALBA, IRDEMARO SUAREZ y JUAN HERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de la Cédula de Identidad Nros. 19.869.325, 8.879.853 y 16.649.788, respectivamente, contra la empresa: "PROYECTOS Y CONSTRUCCIONES L.F.M., C.A.". SEGUNDO: Se ordena notificar a la parte actora de la presente decisión.
La presente decisión está fundamentada en los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y de los artículos 2, 19, 26, 27, 49 Ordinal 1°, y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.