Orden de abrir el juicio oral y público
En consecuencia, se ordena la realización de juicio oral y público, en la presente causa que se le sigue ciudadano Juan José Lacruz Uzquiano , venezolano, nacido en Margarita, el 29-03-90, de 19 años de edad, ocupación obrero en construcción, titular de la cédula de identidad N° V-19.421.564, domiciliado en San Juan de Lagunillas, Urbanización Francisco Javier Angulo (INREVI), calle 09, casa 2-56B, (última calle en todo una esquina a mano izquierda entrando), Estado Mérida, teléfono 0426-8283628; representado por la defensora pública abogada Marlene Gómez Molina, por la comisión del delito Abuso Sexual a Adolescente, previsto y sancionado en el artículo 260, en concordancia con el artículo 259 encabezamiento, de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en perjuicio de identidad omitida.
Capítulo VI
Emplazamiento de las partes
Se emplaza a las partes a concurrir en el plazo común de cinco días ante el Juez.....