Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: HOMOLOGA, efectuada por la parte actora abogados ALFONSO BORTONE LAPORTE, mayor de edad, venezolano, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 135.392, titular de la cedula de identidad N° V- 16.261.951 y CARLOS JOSE MARIN SANTELIZ, ciudadano venezolano, mayor de edad, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado con la matricula N° 126.885 y titular de la cedula de identidad V- 13.094.374, ambos con domicilio profesional en la avenida José Joaquín Veroes esquina de la calle 15, Ciudad San Felipe, Municipio San Felipe, Estado Yaracuy, y el abogado LUIS JOSE MAGALLANES, Apoderado Judicial de la parte demanda MARCO ANTONIO SALCEDO MOROS, donde ofrece como pago parcial de la obli.....