ACUERDA CONCEDER AUTORIZACION JUDICIAL a la ciudadana FANNY EDUVIGIS RAMOS DE TORRES, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 10.765.037, en su condición de madre y representante legal de adolescente IDENTIDAD OMITIDA, DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA, de 16 años de edad, nacido el día 08/2/2003, para que realice el trámite de apostilla ante el Registro Mercantil del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, del poder especial, amplio y suficiente otorgado por el ciudadano OSCAR ANTONIO TORRES MARTINEZ, venezolano, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº 8.535.530, a la solicitante, ante la Notaría Pública del Municipio San Felipe del estado Yaracuy, inserto bajo el Nº 59, tomo 130, en los Libros de Autenticaciones llevados durante 2017.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. Se acuerda dos (2) copias certificadas a la parte una vez firme la presente decisión para que surta sus respectivos efectos de Le.....