En fecha 24/10/2011 este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante; SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, el recurso de apelación interpuesto por la parte demandada MATERIALES Y CONSTRUCCIONES ALAIMO CASANOVA & ASOCIADOS, C.A., y CONSTRUCCIONES ALAIMO CASANOVA & ASOCIADOS, C.A; TERCERO: PARCIALMENTE CON LUGAR el recurso de apelación de la parte codemandada CASA URAIMA, C.A; CUARTO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la parte codemandada CERAMICAS URAIMA, C.A.; QUINTO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, SE REVOCA, en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha 11 de Julio de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta ciudad. SEXTO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demand.....