decide:
PRIMERO: Declara CON LUGAR LA APELACION interpuesta por el abogado en ejercicio de su profesión Ramón Enrique Marín González, en su condición de co-apoderado judicial de la parte demandante, ciudadana Patrocinia Mesa, contra el Auto dictado en fecha 28 de septiembre de 2009, por el Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy.
SEGUNDO: Se revoca parcialmente el Auto de fecha 28 de septiembre de 2009, dictado por el Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en lo que respecta a la negativa de admisión de la prueba de experticia, en consecuencia, ordena al Juzgado Segundo de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, admitir la prueba de experticia, promovida por los abogados en ejercicio de su profesión, Ramón Enrique Marín González y Froil.....