DECRETA el CESE de la Medida Cautelar impuesta por este Tribunal al ciudadano ALEXANDER SANCHEZ PICON según decisión de fecha 27-01-2004.
La presente decisión tiene su fundamento legal en los artículos 2, 23, 24, 26, 30, 51 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, artículos 2, 4, 5, 6, 7, 9, 10, 12, 13, 42, 44, 244, 282, 326, 329 y 330, del Código Orgánico Procesal Penal, y en el artículo 34 de la Ley Orgánica Contra El Tráfico Ilícito y El Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
Notifíquese a las partes la presente decisión. CÚMPLASE.
DADA, SELLADA Y REFRENDADA EN LA SALA DE AUDIENCIAS No. 04 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA, EXTENSION EL VIGIA, A LOS VEINTICINCO (25) DIAS DE MAYO DE DOS MIL SEIS.
EL JUEZ DE CONTROL No. 07,
ABG NOEL E. PETIT LEAL