En mérito de lo anteriormente expuesto este Tribunal Superior en lo Civil, Mercantil, del Tránsito, de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por el abogado HUGO MÁRQUEZ ESPOSITO, inscrito en el Inpreabogado bajo los numero 31.634 actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano ALBERTO ANTONIO LEZAMA, parte co-demandada en la solicitud de DENUNCIA JUDICIAL, que interpusiera en su contra el ciudadano JUVENAL ANTONIO FUENMAYOR. Queda así REVOCADO el auto dictado en fecha 25 de Marzo del año 2.008 por el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. En consecuencia, de conformidad con el artículo 901 del Código de Procedimiento Civil aplicable en.....