DECISION
En fuerza de los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO.- CON LUGAR la demanda por NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA, formulada por el ciudadano HERMES GEOVANNY THOMAS VASQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V.- 7.555.344, en contra de la ORGANIZACIÓN COMUNITARIA DE VIVIENDA MARISABEL DE CHAVEZ LAS MERCEDES, protocolizada en fecha 10 de septiembre de 1999, por ante la Oficina de registro de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes del Estado Yaracuy, , bajo el Nº 27, Protocolo Primero, Tomo séptimo, Trimestre tercero del año 1999; SEGUNDO.- se declara en consecuencia la nulidad del acta de Asamblea General Extraordinaria de fecha 17 de marzo de 2006, protocolizada por ante la Oficina de registro .....