Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de Divorcio fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos Ivonne Isabel Suárez y Darwin José Torrealba Piñango, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 14.443.939 y 16.951.357 respectivamente, residenciados en la calle 1, Nro 130, Barrio las Brisas del Terminal, Municipio Independencia del estado Yaracuy y en la Av 7, con calle 31, Sector la Juventud, Municipio Independencia estado Yaracuy, debidamente asistidos por el abogado en ejercicio José Gilberto Martínez, INPREABOGADO Nº 138.615.
En consecuencia, con respecto a las niñas habido en el matrimonio, este Tribunal establece: PRIMERO: La Patria Potestad y la Responsabilidad de Crianza será ejercida conjuntamente por ambos padres, la custodia de las niñas la ejercerá la madre. SEGUNDO: En cuanto a la obligación de manutención, el p.....