este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial de Estado Yaracuy, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO presentada por los ciudadanos ELIAS ENRIQUE VASQUEZ GRANADO y MARÍA YSABEL SEGOVIA RAMOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 7.507.250 y 13.096.445, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado JESUS MARIA PAREDES, INPREABOGADO Nº 62.754, por el matrimonio civil contraído, por ante la Primera Autoridad Civil del municipio Cocorote del estado Yaracuy, según comprobación que se hizo con la respectiva copia debidamente certificada del Acta de Matrimonio No. 04 del año 1994; en cuanto a sus hijos (Identidad omitida de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente), nacidos el 23 de febrero de 1993 y 18 de agosto de 1994, según se.....