Por todas las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PROCEDENTE la solicitud de divorcio presentado por el ciudadano RAFAEL JOSÉ VETENCOURT SAGAN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.253.674, debidamente asistido por la ciudadana SILVIA MARISOL MARCANO BASTARDO, abogada en ejercicio e inscrita en el IPSA bajo el Nro. 173.916, contra la ciudadana MIURKA GUZMAN DE VETENCOURT, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-6.468.846; y en consecuencia DISUELTO el vínculo matrimonial contraído entre ellos, en fecha Doce (12) de Julio de 1985, por ante el Juzgado del Municipio San Félix, Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, hoy Tribunal Segundo de Muni.....