"ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY" CONMUTA LA PENA IMPUESTA POR CONFINAMIENTO al penado, penado CARMONA FRANCISCO JAVIER, titular de la cedula de identidad N° 11.650.779, de conformidad con el Artículo 52 del Código Penal Vigente; y en consecuencia procede aumentar una tercera parte de la pena por un tiempo igual al que resta de la pena, así mismo se observa que al penado le falta por cumplir SIETE (7) MESES Y UN (1) Día, finalizando su condena en fecha 01-09-2008, se le aumenta una tercera parte por indicación de Artículo 53 del Código Penal el cual arroja un aumento de DOS (2) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, al resto de la pena a cumplir, arrojando un total de NUEVE (9) MESES Y DIEZ (10) DÍAS, , finalizando su condena en fecha 11-11-2008. Este Tribunal de Ejecución le impone las siguientes obligaciones al penado CARMONA FRANCISCO JAVIER, titular de la cedula de identidad N° 11.650.779, PRIMERO: Residir en la siguiente .....