PRIMERO. SE HOMOLOGA el convenio transaccional que suscribieron ¿con facultades para hacerlo¿ las representaciones judiciales del accionante en causa, JOSÉ GREGORIO CALOGERO VILLAREAL; y la accionada, URBASER; (ambos identificados en el encabezamiento de esta homologación), convenio que hace folios en el expediente.
SEGUNDO. SE LE DA EFECTO DE COSA JUZGADA, con fuerza de ley entre las partes, a la transacción así homologada.
TERCERO. SE DA POR CONCLUIDO este asunto y se ordena su archivo definitivo.
Devuélvase el expediente al juzgado de origen para el trámite de su archivo.