DISPOSITIVA:
En consideración a todo lo antes expuestos; este Juzgado Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Piar y Padre Pedro Chien, del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Homologa el presente convenimiento presentado, entre los ciudadanos: Pedro Alexander Rodríguez Verde; venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 15.687.990, y de este domicilio y la ciudadana: Noemili Indira Gómez Grillet, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.288.789, y de este domicilio, de conformidad con los artículos 35 y 516 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, en concordancia con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en razón de que la misma no es contraria a derecho y versa sobre los derechos disponibles, en tal sentido se declara consumado el ac.....