Con base a los razonamientos de hecho y de derecho anteriormente expuestos, es por lo que este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de acuerdo a lo establecido en los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil así como las disposiciones del código civil vigente, DECLARA "ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del de Cujus JESUS MAURICIO GUERRERO, quien era venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-7.170.719, quien falleció el día 14/03/2021, a las 02:00 en punto de la tarde, en el Hospital Dr. Raúl Leoni Otero de San Félix, Municipio Caroní del Estado Bolívar, a consecuencia de INSUFICIENCIA RESPIRATORIA SEVERA, NEUMONIA A FOCUS MULTIPLES, según consta en Acta de Defunción signada con el Nº.....