Declara extinguida la instancia del proceso de INTEDICTO DE AMPARO POR PERTURBACION, interpuesta por por la ciudadana: MARIAN ELIZABETH VASQUEZ GUANIPA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 15.482.714 y de este domicilio, asistida por la abogado en ejercicio: Zayda Lavite Alvarado, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 9.152, contra la ciudadana: NESKI SUAREZ RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y de este domicilio. En consecuencia se declara terminado el Juicio y se ordena el archivo del expediente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 267 Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil. En virtud que se fijó domicilio de la actora, se acuerda la notificación de la misma a través de Boleta, la cual será fijada en la cartelera de este Tribunal
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada.
Dado, firmado y sellado en la sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario.....