Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Tercero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SE HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO, presentado en fecha 25 de marzo de 2015, por el Profesional del Derecho ENRIQUE DE LEÓN T., inscrito en el INPREABOGADO bajo el número 91.905, en su condición de Representante Judicial de la Entidad de Trabajo TRANSPORTE BUFALINO, C.A, inscrita ante el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar con Sede en Puerto Ordaz, en fecha 02 de diciembre de 1996, bajo el Nº 4, Tomo CN 25, en contra la CERTIFICACION Nº 0001-2012, DE FECHA 19-01-2012, dictada por ante la DIRECCIÓN ESTADAL DE SALUD DE LOS TRABAJADORES BOLÍVAR Y AMAZONAS (DIRESAT-BOLÍVAR Y AMAZONAS), adscrita al INSTITUTO NACIONAL DE PREVENCIÓN, SALUD Y SEGURIDAD LABORALES (INPSASEL), SEDE P.....