Se dictó y publicó sentencia definitiva mediante la cual se declaró: Primero: CON LUGAR el recurso de apelación ejercido por la parte demandada. Segundo: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano EDUARDO DE PACE SILVA, contra la ciudadana MARIA DOLORES CUBA, ambos identificados en autos. Tercero: REVOCADA la sentencia dictada por el juzgado A-quo, en fecha 11-02-2010. Cuarto: Se condena en costas, a la parte perdidosa de conformidad con lo establecido en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.-