en consecuencia, ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA PENAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 02 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MERIDA EXTENSION EL VIGIA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECRETA EL SOBRESEIMIENTO en la presente causa A FAVOR de los Ciudadanos JOSE OLAVIDES UZCATEGUI RIVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-10.238.661, domiciliado en el Barrio El Carmen, avenida 13, casa N°-0- 21, el Vigía Estado Mérida y JOSE ANTONIO UZCATEGUI RIVAS, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-9.197.844, de la misma dirección que el anterior, de conformidad con lo establecido en los Artículos 48 ordinal 8° y 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con lo establecido en el Artículo 108 ordinal 5° del Código Penal. En contra del ciudadano JOSE EDUARDO MANTINEZ LOPEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad N°- 16.039.890, domiciliado en el Barrio La Conquista, calle p.....