DECISIÓN
En mérito de las anteriores consideraciones, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, de conformidad con el artículo 517 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud, y en tal virtud, se acreditan como ÚNICOS UNIVERSALES HEREDEROS, a la joven adulta ANYRE CAROLINA VELAZQUEZ GOMEZ, titular de la cedula de identidad Nro 25.686.230, de dieciocho (18) años de edad, a la ciudadana SONIA CAROLINA VELAZQUEZ GOMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.910.627, residenciada en la Urb. San Antonio, Transversal 5, casa Nro 16-7ª; Municipio San Felipe estado Yaracuy y a los ciudadanos EDGAR ALEXIS VELÁZQUEZ GOMEZ, venezolano, mayor .....