Este Tribunal DECLARA INADMISIBLE la separación de cuerpos solicitada por el ciudadano JUAN CARLOS RUIZ CARDOZO, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad Nº 12.193.872, debidamente asistido por la abogada en libre ejercicio LUCIA T. GARCIA MORENO inscrita en el inpreabogado bajo el Nº 99.210. Y ASI SSE DECIDE.-