Este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Heres del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: se declara CON LUGAR la demanda de desalojo propuesta por la parte demandante.
SEGUNDO: se condena a la parte demandada a hacer entrega a la actora el inmueble integrado por una parcela de terreno y del inmueble construido sobre dicha parcela, ubicado en la Avenida Táchira, distinguida con el Nro. 31, de esta ciudad, que le fue cedido en arrendamiento a la sociedad mercantil FYR LOIS CORPORATION, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, de fecha 20 de Marzo de 2003, anotada bajo el Nº 49, Tomo A-3, identificada con el Número de Registro de Información Fiscal Nº J-30885892-7, representada por su apoderada judicial ciudadana GRETA YO.....