este Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la presente solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA COBRO DE BENEFICIO, presentada por la Defensora Publica Segunda abogado YAMILET NORELIS MORGADO, a petición de la ciudadana datos omitidos, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.842.779, domiciliada en el sector Pueblo Nuevo, calle principal, casa Nº 64 del Municipio Urachiche del estado Yaracuy datos omitidos, venezolana, mayor de edad, en su condición de madre y representante legal del niño Identidad omitida según artículo 65 de la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de 4 años de edad, en virtud de que el cujus datos omitidos, quien era titular de la cédula de identidad Nº 1.....