este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Campo Elías y Aricagua de la Circunscripción Judicial del Estado Mérida, con competencia ordinaria, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley , DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, de conformidad con el artículo 185-A del Código Civil Vigente, la solicitud de Divorcio hecha por los Ciudadanos HOSSWELL ALEXANDER CARRERO CONTRERAS Y MARIA EUGENIA ALZURU PEÑA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges entre sí, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V- 11.960.339 y V- 10.108.301, en su orden, domiciliados, el primero en Residencias Inavi, vía La Hechicera, bloque 11, piso 1, Apartamento Nº 01-02, Municipio Libertador del Estado Mérida y la segunda en la Calle 26, entre Avenidas 6 y 7, Residencias Ciudad de Mérida, piso 5, Apartamento Nº 2-53, Municipio Libertador del Estado Mérida, y consecuencialmente SE DECLARA disuelto el vínculo matrimonial existente entre los prenombrados Ciudada.....