Por cuanto se evidencia que se encuentran cumplidos los extremos de Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Yaracuy, administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA CON LUGAR la solicitud presentada por RICHART ALFREDO LOPEZ SILVA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de las cédula de identidad número 22.306.428, asistido por el abogado Anrro Gomez, Defensor Publico Auxiliar Tercero, adscrito a la defensa publica de este estado, con competencia en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescente, en su condición de padre de la niña: IDENTIDAD OMITIDA, de siete (07) años de edad, nacida en fecha: 15/11/2010, en virtud que el solicitante contraerá matrimonio próximamente, y en consecuencia, de conformidad con l.....