este Juzgado Primero de los Municipios San Felipe, Independencia, Cocorote y Veroes de la Circunscripción Judicial del Estado Yaracuy, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, conforme lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO de propiedad a favor de la ciudadana, NELI DOMITILA PEREZ, venezolana, mayor de edad, soletera, titular de la cedula de identidad número V-5.460.670, sobre unas bienhechurías construidas sobre un área de terreno propiedad Municipal, ubicado en la calle Gobernación, entre avenida 09 o Manojo de las Flores y Diez o Garofalo, de la ciudad de Cocorote, Municipio Cocorote del Estado Yaracuy